Calculadora de ISR y Sueldo Neto RD - Impucálculo

Impucalculo

Gestión Fiscal RD 2025-2026

Registro de Ingreso

RD$

Monto total semanal según tu volante de pago.

Descuentos Automáticos

Base TSS RD$ 0.00
AFP (2.87%) RD$ 0.00
ARS (3.04%) RD$ 0.00

Resumen del Mes Actual

FEBRERO 2026
AFP Acumulado RD$ 0.00
ARS Acumulado RD$ 0.00
ISR Retenido RD$ 0.00

Total Neto Recibido (Mes)

RD$ 0.00

Base Imponible RD$ 0.00
Proximidad al Límite Exento (Mensual) RD$ 34,685.00

0% del umbral alcanzado

Exento de ISR

Cronología de Cálculos

Fecha Bruto Retenciones Acción

No se han registrado operaciones

Transparencia Fiscal

Metodología de Cálculo Fiscal

Entiende el proceso detallado que realiza el sistema para garantizar que tus retenciones de ISR y TSS cumplan con las normativas actuales.

1

Sueldo Neto Gravable

Calculamos tu ingreso neto real restando las deducciones de Seguridad Social al sueldo bruto percibido.

3.04% ARS (Salud)
2.87% AFP (Pensiones)

2

Proyección Anual

El sistema anualiza tus ingresos (Neto x 12) para ubicarte dentro de la escala progresiva de la DGII.

Esto permite aplicar la retención exacta basada en tu flujo de ingresos acumulado y proyectado.

3

Escala Progresiva

Aplicamos la retención sobre el excedente del exento mensual de RD$ 34,685.00:

15%Excedente 1er tramo 20%Excedente 2do tramo 25%Excedente 3er tramo

Nota Técnica: Tope TSS Observado

El sistema utiliza un tope semanal de RD$ 18,915.79 para el cálculo de las retenciones de AFP y ARS. * Valor determinado mediante estudio de casos reales en el sector privado y normativa vigente de topes de cotización.

Seguridad Social 2025-2026

Se aplica una deducción automática del 5.91% sobre el sueldo bruto: 3.04% Seguro Familiar de Salud (ARS)
2.87% Adm. de Fondos de Pensiones (AFP)

Importante: Alcance del Cálculo

Impucalculo solo procesa las retenciones de ley: ISR, AFP y ARS.
Descuentos corporativos internos (como cafetería, préstamos, cooperativa o seguros adicionales) NO SON CALCULADOS por este sistema.

Preguntas Frecuentes sobre Deducciones y TSS

¿El doble sueldo o salario de navidad paga AFP, ARS o impuesto sobre la renta? +

No. De acuerdo con el Artículo 219 del Código de Trabajo y la regulación de la TSS, el salario de navidad (hasta la duodécima parte de las remuneraciones del año) está completamente exento de retenciones de seguridad social (AFP/ARS) y del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

¿Qué ocurre si trabajo para más de un empleador en cuanto a la TSS? +

En la República Dominicana opera el principio de unicidad del empleador para el Seguro Familiar de Salud (ARS), lo que significa que solo se te descontará el seguro de salud en uno de los empleos (generalmente el de mayor salario). Sin embargo, el aporte al fondo de pensiones (AFP) sí se calculará y deducirá en todos los salarios de forma conjunta, sumando los montos hasta el tope legal.

¿Las horas extras y bonificaciones pagan AFP/ARS y el impuesto de la DGII? +

Las horas extraordinarias y la bonificación por participación en los beneficios de la empresa están gravadas con el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Para la TSS, las horas extras no cotizan al seguro familiar de salud ni pensión, pero la participación en los beneficios anuales sí está sujeta a cotizaciones de TSS si no excede los límites legales.