Código de Trabajo · Ley 16-92

Regalía Pascual 2026 en República Dominicana: Cuánto Te Corresponde, Cuándo Se Paga y Cómo Calcularlo

El sueldo 13 es un derecho irrenunciable de todos los trabajadores dominicanos. Aquí te explicamos exactamente cuánto te toca, cuándo debe pagarse, si paga ISR y qué pasa si no trabajaste todo el año.

1/12Fórmula base de cálculo
20 dicFecha límite de pago
0% ISRExenta hasta el límite legal
3 mesesMínimo para recibir proporcional

¿Qué es la Regalía Pascual y de Dónde Viene?

La regalía pascual —conocida popularmente como el sueldo 13 o doble sueldo— es un beneficio económico que todo trabajador del sector privado en República Dominicana tiene derecho a recibir una vez al año, antes de la temporada navideña. Su nombre oficial en la ley es Salario de Navidad, aunque en el habla cotidiana dominicana los términos regalía pascual y sueldo 13 son los más utilizados.

Su base legal está establecida en el Artículo 219 del Código de Trabajo de la República Dominicana (Ley 16-92). Esta disposición surgió en los años 60 como una medida de protección social para apoyar a los trabajadores durante la época de mayor gasto del año: la Navidad. Desde entonces, la regalía pascual se consolidó como uno de los derechos laborales más conocidos y esperados por los trabajadores dominicanos.

Lo que hace especialmente importante a la regalía pascual es su carácter irrenunciable bajo el Código de Trabajo. Ningún contrato de trabajo, acuerdo verbal, ni cláusula interna de empresa puede eliminar o reducir este derecho. Si firmas un contrato que dice que renuncias a la regalía, esa cláusula es jurídicamente nula —el derecho permanece vigente de todas formas.

  • Base legal: Artículo 219, Código de Trabajo — Ley 16-92
  • Aplica a: Todos los empleados del sector privado con más de 3 meses continuos de trabajo
  • No aplica a: Trabajadores independientes o por cuenta propia sin relación laboral formal
  • Carácter: Irrenunciable — ningún contrato puede eliminarlo

¿Cuánto Es Exactamente la Regalía Pascual?

La fórmula que establece el Artículo 219 del Código de Trabajo es clara y precisa. La regalía pascual equivale a la doceava parte (1/12) del total de salarios ordinarios devengados por el trabajador durante el año calendario:

Regalía Pascual = Total salarios ordinarios del año ÷ 12

Para un año completo trabajado al mismo salario, esto equivale exactamente a 1 mes de sueldo ordinario

¿Qué incluye y qué no incluye la base de cálculo?

Salario base fijo mensual
Comisiones fijas y regulares
Horas extras trabajadas
Comisiones variables
Bonificaciones especiales
Viáticos y gastos de representación

Tabla de referencia rápida — regalía pascual por salario mensual

Salario mensual ordinario Regalía pascual (año completo) Equivale a
RD$20,000RD$20,0001 mes de salario
RD$35,000RD$35,0001 mes de salario
RD$50,000RD$50,0001 mes de salario
RD$80,000RD$80,0001 mes de salario
RD$100,000RD$100,0001 mes de salario
⚠️ Aclaración importante:

Para un año completo trabajado al mismo salario, la regalía pascual es siempre igual a 1 mes de sueldo ordinario. La fórmula de dividir entre 12 solo produce un resultado diferente cuando no trabajaste el año completo — ahí entra el cálculo proporcional que explicamos en la siguiente sección.


¿Cuándo Debe Pagarse la Regalía Pascual?

El Código de Trabajo establece una fecha límite absolutamente clara: la regalía pascual debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. No el 21 ni el 30 — el límite máximo es el 20 de diciembre.

En la práctica, la mayoría de las empresas dominicanas adelantan el pago a la primera o segunda semana de diciembre, lo cual es una costumbre bien establecida que beneficia a los trabajadores dándoles más tiempo para planificar sus gastos navideños. Sin embargo, cuando el 20 de diciembre llega y el sueldo 13 no ha aparecido en la cuenta del trabajador, hay un incumplimiento legal claro.

Preguntas frecuentes sobre el cuándo

¿Puede pagarse en cuotas?
No. El Código de Trabajo exige el pago de una sola vez, en un solo depósito o entrega antes del 20 de diciembre. No puede fraccionarse en pagos mensuales ni distribuirse durante el año.
¿Puede fusionarse con el salario mensual?
No. La regalía pascual es un derecho independiente del salario mensual. No puede incorporarse al salario como si fuera parte del pago regular. Cualquier acuerdo así es nulo.
¿Qué pasa si no me la pagan a tiempo?
El trabajador tiene derecho a reclamarla ante el Ministerio de Trabajo. El empleador puede ser multado y obligado a pagar con recargos por mora.
¿Puede compensarse con otros pagos?
No. No puede deducirse de ninguna deuda del trabajador con la empresa ni compensarse con anticipos, a menos que el trabajador lo autorice expresamente y en términos razonables.

Cálculo Proporcional: ¿Qué Pasa Si No Trabajé Todo el Año?

Esta es la pregunta más frecuente entre los trabajadores dominicanos. Si entraste a trabajar en marzo, si te vas en octubre, si tomaste un permiso sin sueldo — ¿cuánto te toca de regalía pascual? La respuesta está en el cálculo proporcional.

Regla general del Código de Trabajo: Si trabajaste al menos 3 meses continuos dentro del año calendario, tienes derecho a una regalía proporcional al tiempo efectivamente trabajado. La fórmula es:

Regalía Proporcional = (Salario mensual × meses trabajados) ÷ 12

El mes se cuenta como completo si se trabajó más de la mitad de los días laborables de ese mes

Ejemplo 1 · Entró en abril
Trabajadora que inició en abril — 9 meses en el año
Salario mensual ordinarioRD$40,000.00
Meses trabajados en el año (abr–dic)9 meses
Salario total ordinario (40,000 × 9)RD$360,000.00
REGALÍA PROPORCIONAL (÷ 12)RD$30,000.00
Ejemplo 2 · Entró en agosto
Trabajador que inició en agosto — 5 meses en el año
Salario mensual ordinarioRD$30,000.00
Meses trabajados en el año (ago–dic)5 meses
Salario total ordinario (30,000 × 5)RD$150,000.00
REGALÍA PROPORCIONAL (÷ 12)RD$12,500.00
Ejemplo 3 · Año completo
Empleado con 12 meses trabajados
Salario mensual ordinarioRD$55,000.00
Meses trabajados en el año12 meses
Salario total ordinario (55,000 × 12)RD$660,000.00
REGALÍA PASCUAL (÷ 12)RD$55,000.00
Ejemplo 4 · Salida en octubre
Trabajador que salió (o fue despedido) en octubre — 10 meses
Salario mensual ordinarioRD$45,000.00
Meses trabajados en el año (ene–oct)10 meses
Salario total ordinario (45,000 × 10)RD$450,000.00
REGALÍA PROPORCIONAL (÷ 12)RD$37,500.00

Tabla resumen: proporciones por meses trabajados

Meses trabajados Proporción Ejemplo con RD$50,000/mes
3 meses25%RD$12,500
4 meses33.3%RD$16,667
6 meses50%RD$25,000
8 meses66.7%RD$33,333
10 meses83.3%RD$41,667
12 meses100%RD$50,000

¿Quieres calcular tu regalía proporcional junto con el resto de tus prestaciones laborales (cesantía, preaviso y vacaciones)? La Calculadora de Prestaciones de Impucálculo lo hace todo en segundos, de forma gratuita y sin registro.


¿La Regalía Pascual Paga ISR o TSS?

Esta es una de las preguntas más importantes — y la respuesta es la que todos los trabajadores quieren escuchar:

No. La regalía pascual no paga ISR ni TSS, hasta el límite legal establecido por el Código Tributario dominicano. Específicamente, el Código Tributario establece que la regalía pascual está exenta del Impuesto Sobre la Renta hasta la duodécima parte (1/12) del total de salarios ordinarios devengados durante el año — que es exactamente la misma fórmula de la regalía legal.

En términos prácticos, esto significa lo siguiente para el trabajador promedio:

  • Si tu empleador te paga exactamente la regalía legal (1/12 del total de salarios ordinarios), el monto está 100% exento de ISR.
  • Tampoco aplican descuentos de AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) ni ARS (Administradora de Riesgos de Salud). La regalía no forma parte de la base de cotización para la TSS.
  • Solo si el empleador paga una regalía mayor al límite legal (una bonificación adicional voluntaria), el excedente sobre ese límite estaría sujeto a ISR.
✅ Lo que esto significa en términos concretos:

La regalía pascual es uno de los pocos ingresos en República Dominicana que llega completamente íntegro al trabajador, sin descuentos de ISR ni de TSS. Esto la hace comparativamente más valiosa que un aumento de salario equivalente, ya que un aumento mensual sí sería gravado por AFP, ARS e ISR. Para entender más sobre cómo el ISR afecta tu salario regular, lee nuestra guía completa del ISR en RD 2026.


Regalía Pascual al Renunciar o Ser Despedido

Uno de los errores más comunes entre trabajadores dominicanos es creer que si renuncian o son despedidos antes de diciembre, pierden el derecho a la regalía pascual. Esto es falso. El Código de Trabajo es claro: el derecho a la regalía proporcional persiste independientemente del motivo de salida de la empresa.

¿Qué te corresponde según cómo salgas?

🔴 Despido sin causa justificada
Tienes derecho a la regalía proporcional al tiempo trabajado en ese año, más cesantía, preaviso y vacaciones acumuladas. Todo debe incluirse en el finiquito.
🟡 Renuncia voluntaria
También tienes derecho a la regalía proporcional. El carácter irrenunciable del derecho aplica incluso si eres tú quien decide terminar la relación laboral.
🔵 Despido con causa justificada
Sigue correspondiendo la regalía proporcional. Es uno de los pocos derechos que persiste incluso cuando el empleador tiene causa legal para el despido.
⚪ Contrato por tiempo determinado
Cuando el contrato vence sin renovación, igual corresponde la regalía proporcional al tiempo trabajado en el año en curso.
⚠️ Verifica tu finiquito antes de firmarlo:

Si tu empleador te presenta un finiquito que no incluye la regalía proporcional, tienes derecho a exigirla antes de firmar. Una vez firmado el finiquito indicando que estás conforme con el monto recibido, es más difícil reclamar diferencias posteriormente. Usa la Calculadora de Prestaciones de Impucálculo para verificar que los montos sean correctos antes de firmar cualquier documento.


Regalía Pascual para Empleadas del Hogar

Las trabajadoras domésticas —conocidas también como empleadas del hogar— también tienen pleno derecho a la regalía pascual bajo el Código de Trabajo dominicano. El artículo 219 no distingue entre trabajadores domésticos y del sector formal: si hay una relación laboral con más de 3 meses de continuidad, existe el derecho.

El cálculo es idéntico: el salario mensual acordado dividido entre 12, multiplicado por los meses trabajados en el año. Para las empleadas del hogar que ganan el salario mínimo del sector, esto representa un pago significativo que muchos empleadores del sector informalmente omiten — lo cual constituye un incumplimiento legal.

  • La regalía se calcula sobre el salario mensual acordado para el trabajo doméstico.
  • Incluye a empleadas de planta (que residen en el hogar) y las que trabajan por horas o días si tienen una relación de trabajo continua.
  • Si el empleador no la paga, la trabajadora puede acudir gratuitamente al Ministerio de Trabajo o al Departamento de Trabajo de su provincia.
  • No se requiere abogado para presentar la reclamación en primera instancia.

Para conocer todos los derechos laborales que aplican en RD — incluyendo cesantía, preaviso, vacaciones y regalía — lee nuestra Guía Completa de Prestaciones Laborales 2026 o usa directamente las Calculadoras de Prestaciones de Impucálculo.


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Preguntas Frecuentes sobre la Regalía Pascual en República Dominicana

¿Cuándo se paga la regalía pascual en República Dominicana?

La ley establece que debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. Muchas empresas la adelantan a principios o mediados de diciembre por práctica habitual. El empleador no puede postergarla más allá de esa fecha sin incurrir en incumplimiento laboral. Si tu empresa no te la ha pagado el 20 de diciembre, tienes derecho a reclamarla ante el Ministerio de Trabajo con los recargos correspondientes.

¿Cuánto es la regalía pascual si trabajo todo el año?

Si trabajaste los 12 meses completos del año, tu regalía pascual equivale exactamente a un mes de tu salario ordinario. Por ejemplo, si ganas RD$45,000 mensuales y trabajaste todo el año, recibirás RD$45,000 de regalía. Si tu salario cambió durante el año, se calcula sobre el total de salarios ordinarios devengados dividido entre 12. Las horas extras, bonificaciones variables y viáticos no entran en ese total.

¿La regalía pascual paga ISR en RD?

No. La regalía pascual está exenta del Impuesto Sobre la Renta hasta la duodécima parte del total de salarios ordinarios del año. Tampoco está sujeta a descuentos de AFP ni ARS. Esto significa que en la mayoría de los casos el sueldo 13 llega completo al trabajador, sin ningún tipo de retención. Solo pagaría ISR si el empleador paga por encima del monto legalmente establecido. Consulta nuestra guía del ISR 2026 para más detalles.

¿Tengo derecho a regalía si renuncié antes de diciembre?

Sí. Si trabajaste al menos 3 meses continuos, tienes derecho a la regalía proporcional al tiempo trabajado en ese año calendario, independientemente de si renunciaste o te despidieron. Por ejemplo, si trabajaste 8 meses y ganabas RD$40,000, te corresponden RD$26,667 de regalía proporcional que deben incluirse en tu finiquito. Verifica el cálculo con la calculadora de Impucálculo antes de firmar.

¿Cómo se calcula la regalía si entré a trabajar en el año?

Se usa la fórmula: (salario mensual × meses trabajados en el año) ÷ 12. Si entraste en mayo y cobras en diciembre, contarías 8 meses. Con un salario de RD$35,000: (35,000 × 8) ÷ 12 = RD$23,333 de regalía proporcional. El mes se cuenta como completo si trabajaste más de la mitad de los días laborables de ese mes. El requisito mínimo es haber trabajado 3 meses continuos.

¿Las horas extras se incluyen en el cálculo de la regalía?

No. La regalía pascual se calcula únicamente sobre el salario ordinario fijo. Las horas extras, comisiones variables, bonificaciones especiales y viáticos no forman parte de la base de cálculo según el Artículo 219 del Código de Trabajo. Sin embargo, las comisiones fijas y regulares que forman parte integral del salario mensual acordado sí se incluyen, ya que son consideradas parte del salario ordinario.

¿Puede el empleador pagar la regalía en partes o cuotas?

No. El Código de Trabajo establece que la regalía pascual debe pagarse de una sola vez, antes del 20 de diciembre. No puede fraccionarse ni distribuirse en varios pagos durante el año. Tampoco puede incorporarse al salario mensual como si fuera parte del sueldo regular. Cualquier acuerdo en ese sentido sería nulo por tratarse de un derecho irrenunciable establecido en la Ley 16-92.

¿Qué hago si mi empresa no me pagó la regalía?

Tienes derecho a reclamarla ante el Departamento de Trabajo de tu provincia o el Ministerio de Trabajo, sin necesidad de abogado para la primera instancia. El proceso es gratuito. Debes llevar: tu contrato de trabajo o prueba de la relación laboral, tus últimos volantes de pago y tu cédula. La empresa puede ser multada por el incumplimiento más los recargos correspondientes por la mora en el pago.